Construcción: publicado proyecto que define qué actividades caen bajo el reglamento SST
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha dado un paso importante hacia la claridad normativa en materia de seguridad laboral: publicar en consulta el proyecto de listado que definirá qué actividades del sector construcción quedan bajo el paraguas del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para ese sector. La relevancia práctica es inmediata, porque la delimitación de ese ámbito de aplicación determina qué empleadores deben cumplir obligaciones específicas del rubro y cuáles no.
¿Qué establece la norma?
La Resolución Ministerial N° 264-2026-TR, publicada el 29 de agosto de 2026, dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprobará el listado de actividades y actividades conexas del sector construcción a las que resulta aplicable el Decreto Supremo N° 011-2019-TR (Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción). Se trata, por ahora, de una etapa de consulta previa a la aprobación definitiva: el Ministerio somete el proyecto al escrutinio público antes de hacerlo vinculante. El contenido exacto de las actividades incluidas en el listado debe revisarse en el texto completo de la norma.
¿A quién afecta?
El impacto potencial abarca a un espectro amplio de actores:
- Empresas constructoras y contratistas que ejecutan obras de edificación, infraestructura o similares.
- Subcontratistas y proveedores de servicios conexos cuya clasificación dentro o fuera del sector puede quedar redefinida por el listado.
- Trabajadores del sector, cuya protección en materia de seguridad y salud depende de que su actividad quede formalmente comprendida en el reglamento.
- Profesionales de seguridad y salud ocupacional que asesoran a empresas del rubro y deben actualizar sus protocolos según el alcance final.
Qué debes tener en cuenta
Que el texto publicado sea un proyecto significa que existe una ventana de participación ciudadana: empresas, gremios y trabajadores pueden formular observaciones antes de que la norma se apruebe en forma definitiva. Es el momento estratégico para que los actores del sector revisen si sus actividades quedan incluidas o excluidas, y presenten comentarios fundamentados. Conviene revisar el texto completo del proyecto para identificar cada actividad listada y evaluar si corresponde a la realidad operativa de cada organización. Ignorar esta etapa implica perder la oportunidad de influir en el alcance de obligaciones que, una vez aprobadas, serán exigibles por la autoridad inspectiva.
Estar atentos a la publicación de la resolución definitiva será clave para actualizar sistemas de gestión de seguridad y salud antes de que la norma entre en vigencia plena.
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