Ley 32738 ajusta las reglas de transferencia en mercados municipales
La gestión de mercados municipales es uno de los temas más sensibles en la vida cotidiana de miles de comerciantes y consumidores peruanos. La Ley N° 32738, publicada el 25 de julio de 2026, actualiza el marco legal que regula las transferencias de puestos, establecimientos y servicios en estos espacios, buscando dar mayor claridad a una norma que data del año 2004.
¿Qué establece la norma?
La Ley N° 32738 modifica la Ley N° 28181, que regula las transferencias de puestos, establecimientos y/o servicios de mercados municipales. El objetivo central, según la sumilla oficial, es precisar la aplicación de dicha ley. Esto significa que el legislador identificó vacíos interpretativos o ambigüedades en el texto original que generaban conflictos —entre municipalidades, comerciantes y terceros— a la hora de ejecutar o formalizar transferencias. La modificación no reemplaza la norma base, sino que la aclara y delimita su alcance. Para conocer exactamente qué artículos fueron modificados y cuál es la nueva redacción, conviene revisar el texto completo de la norma publicado en El Peruano.
¿A quién afecta?
El impacto de esta ley alcanza a varios actores del ecosistema de mercados públicos:
- Comerciantes titulares de puestos o establecimientos en mercados municipales que deseen transferir o hayan transferido su derecho de uso.
- Municipalidades provinciales y distritales que administran o supervisan estos mercados, pues son las encargadas de aplicar la norma.
- Compradores o cesionarios de puestos y servicios, cuya seguridad jurídica depende de que las transferencias se formalicen correctamente.
- Abogados y notarios que asesoran operaciones de cesión o traspaso en este tipo de inmuebles municipales.
Qué debes tener en cuenta
Si eres comerciante con un puesto en un mercado municipal o estás en proceso de transferirlo, esta modificación puede cambiar los requisitos o el procedimiento aplicable. Lo más prudente es no asumir que el trámite funciona igual que antes: verifica con la municipalidad correspondiente si sus reglamentos internos ya incorporan los cambios. Los operadores legales deben actualizar sus modelos de contratos y minutas para alinearlos con la nueva redacción. Dado que la norma proviene de la Secretaría del Consejo de Ministros, su implementación puede requerir también adecuaciones reglamentarias a nivel local, por lo que conviene hacer seguimiento a las disposiciones complementarias que se emitan.
Estar al día con estas modificaciones protege tanto los derechos de los comerciantes como la validez jurídica de las operaciones de transferencia.
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.