Nueva ley garantiza el derecho a descansar sentado en el trabajo
El derecho a sentarse en el trabajo puede parecer un detalle menor, pero sus implicancias en la salud ocupacional y en las obligaciones de los empleadores son concretas y exigibles. La Ley N.° 32721, publicada el 8 de julio de 2026, coloca al Perú en la línea de países que han reconocido expresamente este derecho, traduciéndolo en una obligación legal para los centros de trabajo.
¿Qué establece la norma?
La ley garantiza el derecho al descanso sentado y a la alternancia de postura durante la jornada laboral. Esto significa que los trabajadores no pueden ser obligados a permanecer de pie de manera continua sin posibilidad de sentarse o cambiar de posición. La norma reconoce que la postura sostenida —ya sea de pie o en una sola posición— constituye un riesgo para la salud que el empleador debe prevenir activamente. Para conocer los mecanismos concretos de implementación, plazos y posibles excepciones, conviene revisar el texto completo de la norma.
¿A quién afecta?
El alcance de esta ley es amplio y toca a múltiples actores del mundo laboral:
- Trabajadores en actividades que históricamente implican estar de pie de forma prolongada: comercio minorista, cajas de supermercado, atención al público, manufactura, entre otros.
- Empleadores de todos los sectores, que deberán adecuar sus espacios y protocolos internos.
- Áreas de Recursos Humanos y Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), responsables de operativizar el cumplimiento.
- Inspectores de trabajo de SUNAFIL, que podrían fiscalizar su observancia.
Qué debes tener en cuenta
Desde la perspectiva práctica, las empresas deben evaluar si sus puestos de trabajo permiten ya alguna forma de alternancia postural o si requieren ajustes físicos —como la habilitación de asientos accesibles—. Es recomendable actualizar los reglamentos internos y los programas de SST para incorporar esta obligación de forma explícita. Los trabajadores, por su parte, ahora cuentan con un respaldo legal específico para exigir condiciones dignas de postura, más allá de las normas generales de seguridad ocupacional. Ante cualquier duda sobre los requisitos precisos o el régimen sancionatorio, conviene revisar el texto completo de la ley y consultar con un especialista en derecho laboral.
El reconocimiento legal de este derecho es un avance concreto en materia de salud ocupacional que obliga a repensar la ergonomía no como un beneficio opcional, sino como una exigencia jurídica vigente.
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.