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Nuevos índices de corrección monetaria para venta de inmuebles (oct. 2026)

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 019-2026-EF/15.01 · 06 de octubre de 2026

Nuevos índices de corrección monetaria para venta de inmuebles (oct. 2026)

El Ministerio de Economía y Finanzas ha publicado la Resolución Vice Ministerial N° 019-2026-EF/15.01, actualizando los índices de corrección monetaria aplicables al cálculo del costo computable de inmuebles. Se trata de una norma periódica pero de alto impacto práctico: determina directamente cuánto impuesto a la renta pagará quien venda un inmueble adquirido en años anteriores.

¿Qué establece la norma?

La resolución fija los índices de corrección monetaria que deben utilizarse para ajustar el costo computable de inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales. Este mecanismo de actualización reconoce que el valor de adquisición de un bien inmueble pierde representatividad con el paso del tiempo por efecto de la inflación. Al aplicar el índice correspondiente al año de adquisición, el vendedor puede expresar ese costo original en términos más cercanos al valor actual, reduciendo así la ganancia de capital gravable. Para conocer los valores específicos fijados por esta resolución, conviene revisar el texto completo publicado en El Peruano.

¿A quién afecta?

Esta norma impacta directamente a:

  • Personas naturales que enajenen inmuebles que no son su casa habitación y que generan renta de segunda categoría.
  • Sucesiones indivisas que vendan bienes inmuebles como parte de la liquidación o administración del patrimonio hereditario.
  • Sociedades conyugales que en su momento optaron por tributar como tal y cuenten con inmuebles susceptibles de enajenación.

Quedan al margen las empresas y personas jurídicas, cuyo costo computable se rige por reglas distintas dentro del régimen de renta empresarial.

Qué debes tener en cuenta

El momento de la venta define qué resolución de índices aplica, por lo que operar con una tabla desactualizada puede generar errores en la declaración y contingencias tributarias frente a SUNAT. Si tienes una operación de compraventa en proceso o acabas de cerrarla en octubre de 2026, esta es la resolución vigente que tu notario o asesor tributario debe considerar. Conviene verificar en el texto oficial el índice exacto correspondiente al año en que adquiriste el inmueble, ya que cada año de adquisición tiene su propio factor de actualización. Ante cualquier duda sobre la aplicación concreta, lo recomendable es consultar con un especialista en tributación inmobiliaria.

Mantenerse al día con estas actualizaciones es clave para liquidar correctamente el impuesto a la renta de segunda categoría y evitar observaciones en el proceso de escrituración.

📄 Fuente oficial: Diario Oficial El Peruano
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.