Proyecto deroga las 'leyes pro crimen' y reactiva persecución penal
La lucha contra el crimen organizado y la corrupción exige herramientas procesales sólidas en manos del Estado. Este proyecto de ley, presentado ante la Cámara de Diputados el 4 de agosto de 2026, propone un giro sustancial en el régimen de investigación penal al eliminar el marco legal que, según sus promotores, venía limitando esas capacidades.
¿Qué establece la norma?
El Proyecto de Ley N.º 00002-2026-2031-CD plantea derogar el conjunto de normas identificadas coloquialmente como “leyes pro crimen”, denominación que ya anticipa la posición política que lo impulsa. Su objetivo declarado es doble: eliminar las restricciones que ese marco imponía a la investigación y persecución del crimen organizado, la corrupción y las graves violaciones a los derechos humanos; y, al mismo tiempo, restablecer las facultades procesales del Estado para actuar en esos frentes. En términos prácticos, esto implica cambios sustanciales en el régimen de investigación penal y en las herramientas con las que cuentan fiscales e investigadores. El proyecto se encuentra en estado presentado, por lo que aún no ha sido debatido ni aprobado.
¿A quién afecta?
Por su alcance, este proyecto interesa a un abanico amplio de actores:
- Operadores de justicia: fiscales, jueces penales y policías especializados en crimen organizado y anticorrupción, quienes verían modificadas sus facultades de investigación.
- Investigados y procesados en causas vinculadas a organizaciones criminales, corrupción pública y delitos de lesa humanidad.
- Víctimas de graves violaciones a derechos humanos, para quienes el acceso a la justicia depende directamente de la capacidad investigativa del Estado.
- Instituciones del sector público expuestas a procesos de fiscalización o investigación penal.
- Ciudadanía en general, dado que el fortalecimiento o debilitamiento del aparato anticorrupción tiene efectos directos sobre el Estado de derecho.
Qué debes tener en cuenta
Al tratarse de un proyecto en etapa inicial, conviene seguir de cerca su tramitación legislativa: los artículos concretos que se derogarían, los mecanismos de restablecimiento de facultades y los plazos de entrada en vigor no pueden determinarse hasta que el texto sea debatido y, en su caso, aprobado. Quienes litigan en materia penal compleja o asesoran a entidades públicas deben monitorear las comisiones dictaminadoras y los posibles textos sustitutorios. Conviene revisar el texto completo de la iniciativa para identificar qué normas específicas quedarían derogadas y qué régimen transitorio se contemplaría.
El debate que se abre con este proyecto toca el corazón del sistema penal peruano; su evolución legislativa merece seguimiento puntual tanto por abogados como por cualquier ciudadano interesado en la integridad del sistema de justicia.
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